Cuando una familia sufre la pérdida de un ser querido en un accidente de tráfico, la indemnización que le corresponde no es una cifra única e inamovible. Si bien el Baremo de Tráfico (Ley 35/2015) establece unas cuantías base, la verdadera “letra pequeña” reside en los factores de ajuste y los perjuicios particulares. Estos elementos, a menudo desconocidos o mal aplicados por las familias sin asesoría experta, son el auténtico tesoro escondido que puede multiplicar significativamente la compensación final.
Si usted es un familiar perjudicado, es fundamental identificar si concurre alguna de estas circunstancias especiales. No hacerlo significa dejar sobre la mesa miles de euros que legalmente le pertenecen para afrontar las graves consecuencias de la pérdida.
1. Perjuicios Particulares: La Vínculo Especial que se Paga
El sistema de valoración español reconoce que no todas las pérdidas son iguales. Existen situaciones donde la relación de dependencia o la composición familiar del fallecido hacen que el impacto del siniestro sea mucho más devastador. Aquí se incluyen los incrementos más comunes:
- Fallecimiento de Hijo Único: Si el progenitor (padre o madre) era el único hijo de la víctima fallecida, o viceversa, la ley prevé un incremento en la indemnización básica. Este reconocimiento busca paliar el hecho de que la pérdida para el perjudicado es irremplazable en ese núcleo familiar.
- Muerte de Ambos Progenitores: Cuando un hijo pierde a ambos padres en el mismo accidente de tráfico, la orfandad total genera un incremento legalmente establecido sobre la indemnización de cada hijo, reconociendo el doble impacto emocional y económico.
- Perjudicado Único: Si usted es el único miembro de su categoría (por ejemplo, el único hermano o el único ascendiente) con derecho a reclamar, su indemnización por perjuicio personal básico también se incrementa.
- Pérdida del Feto: El fallecimiento de una mujer embarazada en un accidente también contempla un resarcimiento económico específico por la pérdida del feto, con cuantías distintas si el óbito ocurre antes o después de la semana 12 de gestación.
2. Factores de Ajuste por Discapacidad: Un Incremento Obligatorio
Uno de los factores de ajuste más relevantes se centra en la condición del familiar perjudicado. El Baremo protege de manera especial a aquellos que tienen una mayor vulnerabilidad:
El Incremento por Discapacidad:
Si el familiar que reclama la indemnización (cónyuge, hijo, padre, etc.) presenta una discapacidad física, intelectual o sensorial previa al accidente, con un grado igual o superior al 33%, su compensación básica debe ser incrementada de forma automática.
El porcentaje de incremento varía entre el 25% y el 75% de la cuantía base, siendo mayor a medida que aumenta el grado de discapacidad del perjudicado. Es imprescindible aportar la certificación oficial de discapacidad, pues este es un derecho ineludible que la aseguradora debe respetar.
3. El Perjuicio Excepcional: Cuando el Daño Va Más Allá de la Norma
Existe un concepto legal que actúa como válvula de escape para circunstancias no tipificadas: el Perjuicio Excepcional. Este factor permite reclamar un incremento sobre la indemnización básica cuando los familiares sufren un daño o perjuicio particular que no está contemplado expresamente en las categorías anteriores.
Para ser reconocido, este perjuicio debe ser:
- Acreditado: Debe probarse su existencia con informes médicos, psicológicos u otra documentación objetiva.
- Excepcional: No puede tratarse de una consecuencia general del duelo. Ejemplos de perjuicio excepcional incluyen un trastorno psicológico grave y crónico que requiere tratamiento prolongado, o la necesidad de cambiar de residencia por dependencia súbita.
De ser aceptado, este perjuicio puede añadir hasta un 25% adicional sobre el perjuicio personal básico.
En conclusión, la indemnización por muerte en accidente de tráfico va mucho más allá de una simple consulta en las tablas generales del Baremo. La clave para obtener la reparación integral del daño reside en una minuciosa revisión de todas las circunstancias personales de la víctima y de cada perjudicado. Contar con un asesoramiento legal especializado es el paso imprescindible para garantizar que todos los “tesoros escondidos” de los factores de ajuste y los perjuicios particulares sean debidamente reclamados y compensados.
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